
Este sábado entra en vigor la Ley 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil en la Argentina. La normativa, aprobada por el Congreso de la Nación en febrero de este año, deroga y reemplaza el esquema de la Ley 22.278 —vigente desde la década de 1980— e introduce modificaciones de fondo en el procesamiento y juzgamiento de los delitos cometidos por menores de edad.
El punto central de la legislación es la reducción de la edad de imputabilidad, fijada ahora a partir de los 14 años, a diferencia del límite de 16 años que regía anteriormente. El marco legal prevé sanciones con un tope máximo de 15 años de prisión y suma la responsabilidad civil de los progenitores por los ilícitos concretados por sus hijos.
Según el articulado, el espíritu de la reforma busca fomentar la responsabilidad legal del adolescente imputado junto a su educación e integración social. Para ello, se contempla un abanico de sanciones graduales que van desde amonestaciones, prohibición de acercamiento a la víctima, restricción para salir del país o conducir vehículos, hasta trabajos comunitarios, tobillera electrónica, reparación del daño y penas privativas de la libertad en el domicilio o en institutos abiertos y cerrados de carácter especializado. En ningún caso los menores podrán compartir alojamiento con personas mayores de edad.
La norma fija mecanismos para evitar la pena de prisión efectiva en dos escenarios puntuales: cuando la condena no supere los 3 años, o cuando se ubique entre los 3 y los 10 años siempre que el hecho no haya derivado en la muerte de la víctima, violencia física o psíquica grave, ni existan condenas previas. Además, el texto ratifica la prohibición estricta de difundir nombres, fotos, sobrenombres, filiación o datos de residencia que permitan identificar al joven procesado.
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