
La UFI de Delitos Informáticos y Estafas unificó las causas y sentenció a Lucas Eduardo Rojas Moretta a tres años de prisión condicional. Mediante un juicio abreviado homologado por el juez Rodolfo Javier Figuerola, el imputado admitió haber engañado a dos particulares y a una firma comercial. Deberá someterse al control de la Justicia.
El avance de las modalidades delictivas basadas en el engaño y las maniobras financieras sumó una resolución clave en los tribunales sanjuaninos. Tras una minuciosa investigación que logró unificar diferentes legajos dispersos, la Unidad Fiscal de Investigación (UFI) de Delitos Informáticos y Estafas consiguió una condena penal contra Lucas Eduardo Rojas Moretta, un hombre acusado de desplegar una seguidilla de fraudes económicos en perjuicio de ciudadanos particulares y de un sector corporativo local.
El dictamen judicial se selló mediante un acuerdo de juicio abreviado entre el Ministerio Público Fiscal, la querella y la defensa técnica del imputado, una herramienta procesal que agilizó los plazos procesales y que fue homologada en las últimas horas por el juez de Garantías, Dr. Rodolfo Javier Figuerola. En consecuencia, Rojas Moretta fue hallado autor material del delito de defraudación por engaño —contemplado en el artículo 172 del Código Penal Argentino—, en concurso real por tres hechos independientes pero ejecutados bajo una misma matriz operativa.
«La especialización de los equipos fiscales permitió detectar el patrón delictivo del imputado, unificar las denuncias que tramitaban de manera aislada y dar una respuesta ágil y reparadora para las víctimas de estos desfalcos», explicaron fuentes tribunalicias.
Prisión en suspenso y estrictas reglas de conducta
La sentencia impuesta al estafador fija una pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, lo que le permitirá mantener su libertad ambulatoria bajo la estricta condición de no reincidir en delitos y ajustarse a derecho. Las maniobras delictivas comprobadas por la Justicia damnificaron de forma directa a la firma comercial MEC S.A.S. y a los ciudadanos Osvaldo Echenique y Claudio Machado Girado, quienes sufrieron pérdidas económicas bajo promesas y ardides que nunca se concretaron.
El andamiaje probatorio que acorraló al ahora condenado fue coordinado de principio a fin por el fiscal coordinador de la UFI especializada, Dr. Eduardo Gallastegui. Su equipo logró peritar las comunicaciones, cuentas y rastros digitales que ligaban a Rojas Moretta con los tres fraudes seriales.
Además de la condena de ejecución en suspenso, el magistrado interviniente le fijó al sentenciado la obligación de cumplir de manera rigurosa, durante un plazo mínimo de dos años, una serie de pautas de comportamiento bajo el apercibimiento de revocarle el beneficio de la libertad. Según lo establecido en el artículo 27 bis del Código Penal, Rojas Moretta deberá fijar un domicilio de residencia definitivo del cual no podrá mudarse sin previo aviso y tendrá que someterse periódicamente al control y seguimiento tutelar del Patronato de Liberados de la provincia.
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